(Infobae) El presidente Alberto Fernández comunicó, desde la Quinta de Olivos, un paquete de restricciones para frenar el aumento de contagios generado por la segunda ola del COVID-19. Las medidas buscan retrasar el evance de los casos mientras se continúa con la vacunación de los grupos de riesgo.
Sobre las dosis y su adquisición se refirió el miércoles por la noche Santiago Cafiero, quien, rechazando el argumento de un sector de la oposición, aseguró que el Gobierno nacional no es el único habilitado para comprar vacunas con la finalidad de inmunizar a la población.
“Hay un error que se está magnificando y por ahí uno no se detiene a explicar todo. Las provincias y el Gobierno de la Ciudad pueden comprar vacunas por su cuenta y los privados también. No está prohibido en Argentina”, afirmó Cafiero.
Y siguió: “En la ley de vacunas que se aprobó el año pasado está muy claro. No está prohibido y no es el Gobierno nacional el único que puede comprar vacunas”. Sin embargo, el funcionario indicó que “con el nivel de escasez que hay estas son las vacunas que se están consiguiendo. Cualquiera que salga al mercado a comprar las va a conseguir para vaya a saber qué mes”.
Sus declaraciones en diálogo con la señal TN se producen en una semana en la que dejaron de llegar dosis y no hay hasta ahora una fecha de nuevos embarques que permitan engrosar la cifra oficial de 7.266.500 vacunas que arribaron al país.
La Ciudad de Buenos Aires tiene stock hasta el viernes y hay municipios bonaerenses que no recibieron dosis las últimas dos semanas. “No le vamos a poder decir ni cuántas (dosis) ni cuándo van a llegar”, manifestó en las últimas horas la ministra de Salud, Carla Vizzotti, a los diputados que integran la Comisión de Salud. La falta de precisiones sobre los próximos cargamentos preocupa y mucho en los dos distritos más golpeados por el aumento de casos: CABA y la provincia de Buenos Aires.
Qué dice la ley de vacunas
El Gobierno nacional promulgó en noviembre la Ley 27.573 que declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus, en el marco de la emergencia sanitaria por la enfermedad.
La norma, que había sido sancionada el 29 de octubre por el Senado, facultó al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Salud, a realizar los trámites para la adquisición de las vacunas que se desarrollen para enfrentar la enfermedad. A su vez, exime del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el impuesto al valor agregado, a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud.
Por otra parte, faculta al Poder Ejecutivo a incluir cláusulas o acuerdos de confidencialidad acordes al mercado internacional de las vacunas contra el COVID-19, de conformidad con las leyes 27.275 de Acceso a la Información Pública, 26.529 de Derechos del Paciente, y normas concordantes, complementarias y modificatorias, y a suscribir en los contratos que celebre conforme el procedimiento regulado en la presente ley, todos los actos administrativos previos y posteriores tendientes al efectivo cumplimiento de estos, a modificar sus términos y a incluir otras cláusulas acordes al mercado internacional de la vacuna.
En cuanto a lo expresado anoche por el Jefe de Gabinete, el texto establece que “idéntico tratamiento” recibirán las vacunas que eventualmente puedan adquirir las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin embargo, la resolución, que fue publicada en el Boletín Oficial, prevé que quien compre las vacunas contra el coronavirus tendrá que presentarlas ante la ANMAT a los efectos de la intervención de su competencia y deben ser autorizadas por el Ministerio de Salud nacional, quienes podrán expedirse en un plazo máximo de 30 días, previo a su uso en la población objetivo.