Conciencia Solidaria, Vecinos autoconvocados del CEAMSE, Amigos de los Parques Nacionales y otras organizaciones preocupadas por la problemática ambiental advirtieron que se eliminó del anteproyecto original el acceso al agua como derecho humano fundamental, contenido en su momento en el artículo 241.
El artículo eliminado reconocía como “derecho fundamental” el acceso al agua potable y además, obligaba al Estado a garantizarlo sin distinción a “todos los habitantes para fines vitales”.
Ahora, el nuevo artículo señala que “el ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes mencionados en debe ser compatible con los derechos de incidencia colectiva. Debe conformarse a las normas del derecho administrativo nacional y local dictadas en el interés público y no debe afectar el funcionamiento ni la sustentabilidad de los ecosistemas de la flora, la fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales, el paisaje, entre otros, según los criterios previstos en la ley especial”. Del acceso, ni una palabra.