La Resolución 99 de la Superintendencia de Servicios de Salud aprueba modelo de contrato de fideicomiso de administración entre la SSSalud y el BNA.
La Resolución 99 de la Superintendencia de Servicios de Salud aprueba modelo de contrato de fideicomiso de administración entre la SSSalud y el BNA
Título: Salud. Cobertura Universal de Salud (CUS). Financiamiento. Superintendencia de Servicios de Salud; Banco de la Nación Argentina (BNA). ‘Modelo de Contrato de Fideicomiso de Administración’. Aprobación.
Fecha B.O.: 23-feb-2017
Texto de la norma:
Visto el Expediente N° 7789/2017 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, las Leyes N° 23.660 , N° 23.661 el Decreto N° 576 , del 1 de Abril de 1993, el Decreto N° 2710 , del 28 de diciembre de 2012 y el Decreto N° 908 , del 2 de Agosto de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 908/16 PEN se dispuso la afectación, por única vez, de los recursos del FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIÓN la suma de PESOS OCHO MIL MILLONES ($ 8.000.000.000) con destino a la financiación de la estrategia de COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD (CUS).
Que asimismo se estableció que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD constituirá un FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN, cuyo fiduciario será el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, con el objeto de financiar la estrategia de COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD (CUS) que instrumentará el MINISTERIO DE SALUD.
Que en virtud de ello, a fs.
13/34 del Expediente del Visto se encuentra agregado el “Contrato de Fideicomiso de Administración” suscripto entre la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) en carácter de Fiduciante y el Banco de la Nación Argentina (BNA), en carácter de Fiduciario, siendo beneficiarios del mismo quienes resulten escogidos por la Unidad Ejecutora para lograr la ejecución de los proyectos en cumplimiento de la estrategia de COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD (CUS) conforme las finalidades descriptas en el Anexo I del Decreto N° 908/16 PEN, incluyendo al Ministerio de Salud de la Nación, Organismos Provinciales y Municipales.
Que el efecto esencial del fideicomiso es la constitución de un patrimonio de afectación con los bienes fideicomitidos que se asignan en propiedad fiduciaria al fiduciario, pero que no integran su patrimonio, dado que el Fiduciante solo transfiere los activos comprometidos para el cumplimiento de los fines específicamente determinados en el contrato.
Que mediante la Providencia N° 15304/17 la Gerencia de Administración informó que se cuentan con los fondos correspondientes para la constitución del FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 2 y 4 del Decreto N° 908/2016 PEN.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención en la órbita de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de Diciembre de 2012 y N° 100 de fecha 16 de Diciembre de 2015.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1.- APRUÉBASE el “Modelo de Contrato de Fideicomiso de Administración” obrante a fs. 13/34 del Expediente del Visto, a suscribir entre la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) en carácter de Fiduciante y el Banco de la Nación Argentina (BNA), en carácter de Fiduciario, con el objeto de financiar la Cobertura Universal de Salud (CUS) en los términos del Decreto N° 908/16 PEN, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.-
Luis Scervino.