(ANMAT) El Ministerio de Salud, a través de ANMAT, recuerda a los agentes involucrados en la cadena de distribución de Productos Médicos que el día 19 de febrero de 2015 vence indefectiblemente el plazo de implementación del Sistema Nacional de Trazabilidad para los Productos Médicos alcanzados en el Art° 1 incisos a) a e) de la Disposición 2303/2014, a saber:
Cardiodesfibriladores / cardioversores
Estimuladores eléctricos para la audición en la cóclea
Lentes intraoculares
Marcapasos cardíacos
Prótesis de mama internas
A partir de dicha fecha, los titulares de Producto deberán distribuir sus productos identificados conforme a lo establecido en la Disposición ANMAT N° 2303/2014, sin excepción